El Tribunal Superior de Allahabad remite el caso al Presidente del Tribunal Supremo / Banco PIL

El 29 de mayo, el Tribunal Superior de Allahabad ordenó al Registro que registrara un Litigio de interés público (PIL) por un problema relacionado con la financiación gubernamental de instituciones que imparten educación religiosa, como Madrassas, y si viola la Constitución de la India. El tribunal ha ordenado al Registro que presente el asunto ante el Presidente del Tribunal Supremo para recibir las instrucciones apropiadas o ante el Juzgado PIL correspondiente.

El tribunal remitió la siguiente cuestión al Presidente del Tribunal Supremo o al Tribunal de PIL: «¿Si la financiación por parte del Tesoro Público de instituciones que imparten instrucción religiosa viola los artículos 14, 25, 26, 29 y 30 de la Constitución de la India?»

El 27 de marzo, el tribunal buscó una respuesta del gobierno de la India y del gobierno de Uttar Pradesh sobre si impartir educación religiosa en madrazas financiadas por el gobierno viola la Constitución de la India. El juez único escuchó la declaración de Azaj Ahamad sobre una disputa salarial. Azaj Ahamad es profesor de Madrassa en Samdaniya Islamia, Shudnipur, en el distrito de Jaunpur de Uttar Pradesh. El tribunal observó: «No se discute que en Madarsa, además del plan de estudios normal, también se imparte educación religiosa».

La Sala de División del Tribunal Superior de Allahabad estuvo de acuerdo con la orden del juez único en la que observó que el asunto también implicaba un tema de mayor interés público. El tribunal también estuvo de acuerdo con la intervención de la Comisión Nacional para la Protección de los Derechos del Niño (NCPCR) ya que el asunto involucra la protección de los derechos del niño.

“Si cualquier tema que tiene amplias ramificaciones en relación con el sistema educativo, así como los derechos de los niños a los que se les imparte educación y dichas instituciones, no puede haber ninguna disputa de que dicho tema implica un interés público más amplio y, en este caso apropiado, si el conocimiento de dicho problema aparte de las cuestiones relativas al auto peticionario, ha sido asumida por el letrado Juez Único, nadie puede tener objeción alguna al mismo”, dijo el tribunal.

“Solo en este contexto encontramos que el erudito juez único ha instado correctamente al gobierno central y también al gobierno estatal a presentar sus respuestas no solo a la cuestión planteada por el peticionario sino también a la cuestión relacionada con el mayor Interés público como se refleja en las órdenes de fecha 27.03.2023 y 17.05.2023. No tenemos ninguna duda en nuestra mente, en absoluto, de que existe una clara intención en los procedimientos de la petición de auto de que, además de la cuestión relacionada con el autor de la petición que reclama el pago del salario, también se debe considerar la cuestión de mayor interés público y agitado”, agregó el tribunal.

Sin embargo, el tribunal estaba deliberando si el mismo juez podía seguir escuchando el caso o si el asunto debía remitirse a un tribunal de PIL. El tribunal se basó en el caso de Dinesh Kumar Singh, donde el Pleno sostuvo que, en tales circunstancias, el asunto debe presentarse ante el Presidente del Tribunal Supremo para recibir las instrucciones apropiadas o ante el tribunal PIL correspondiente.

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El 27 de marzo, el juez único del Tribunal Superior de Allahabad buscó una respuesta del gobierno de la India y del gobierno de Uttar Pradesh sobre si impartir educación religiosa en madrasas financiadas por el gobierno viola la Constitución de la India.

El 17 de mayo, el tribunal permitió la intervención del NCPCR. El abogado de NCPCR Swarupama Chaturvedi presentó las solicitudes de intervención presentadas de que la educación impartida en Madrassas no es adecuada ni lo suficientemente completa y, por lo tanto, lo mismo va en contra de las disposiciones de la Ley del Derecho a la Educación de 2009.

La solicitud decía: “NCPCR ha recibido varias quejas que afirman que se está violando el derecho a la educación de los niños en reconocidas #Madrasa. El hecho de no recibir una educación adecuada es una violación de la ley del país y una grave injusticia para los niños”.

Por lo tanto, el tribunal permitió que NCPCR interviniera en el caso y señaló: «El asunto tiene amplias ramificaciones y cierta importancia, y el resultado de este caso afectará el sistema educativo, así como los derechos de los niños que estudian en Madarsas».

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